La pensión por fallecimiento de ANSES es un derecho que busca proteger económicamente a la familia de un trabajador o jubilado que murió.
Saber quiénes pueden cobrarla y qué papeles se necesitan es el primer paso. Este trámite puede parecer complicado, pero no lo es si tenés la guía correcta.
Acá te explicamos todo de forma clara y directa. Te vamos a mostrar el paso a paso para que puedas reclamar lo que te corresponde sin vueltas.
¿Qué es exactamente la Pensión por Fallecimiento?
Es una prestación mensual que paga ANSES a los familiares directos de una persona fallecida. El objetivo es dar un respaldo económico tras la pérdida.
No importa si la persona que murió era jubilada o todavía estaba trabajando. En ambos casos, sus aportes generan este derecho para su familia.
Funciona como un seguro social que reemplaza una parte del ingreso que el hogar dejó de recibir. Es un sostén fundamental en un momento muy difícil.
¿Quiénes tienen derecho a cobrar la pensión?
La ley es muy clara sobre qué familiares pueden solicitarla. No todos pueden acceder. A continuación, te detallamos quiénes son los beneficiarios directos.
- Cónyuge: La persona casada legalmente con el fallecido al momento de la muerte.
- Conviviente Previsional: Quien vivió en pareja (unión convivencial) antes del fallecimiento. Se deben probar 5 años de convivencia.
- Conviviente con hijos: Si hay hijos en común reconocidos, el plazo de convivencia se reduce a solo 2 años.
- Hijos solteros: Deben ser menores de 18 años y no cobrar otro beneficio de ANSES.
- Hijos con discapacidad: Si el hijo tiene una incapacidad para trabajar y dependía del fallecido, no hay límite de edad para cobrar la pensión.
Dato clave: Si varios familiares tienen derecho, la pensión se divide. Si uno la pierde (por ejemplo, un hijo cumple 18), su parte se reparte entre los demás.
Es importante saber que los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) no generan derecho a pensión para su cónyuge o conviviente.
Requisitos que debía cumplir la persona fallecida
No solo importa el vínculo familiar. La situación de aportes de la persona que murió es fundamental para que ANSES apruebe la pensión.
Los requisitos cambian si era jubilado o si todavía estaba trabajando. Te lo explicamos de forma sencilla para cada caso.
Si era jubilado/a:
La jubilación debía pertenecer al régimen general de ANSES. No aplica para regímenes especiales como docentes universitarios o investigadores científicos.
Tampoco puede ser una jubilación obtenida completamente por una moratoria de aportes. Esto es un punto muy importante a revisar.
Si era trabajador/a en actividad:
Acá se mira la cantidad de aportes realizados. ANSES lo clasifica en dos grupos: «aportante regular» o «aportante irregular con derecho».
- Aportante regular: Tenía que tener al menos 30 meses de aportes en los últimos 36 meses antes de fallecer.
- Aportante irregular con derecho: Necesitaba tener 18 meses de aportes en los últimos 36 meses. O 12 meses en los últimos 5 años y la mitad del total de años que pide la ley.
Si no se cumplen estos requisitos, existe la chance de completar los aportes faltantes usando alguna de las Moratorias Previsionales vigentes.
Papeles y documentos: ¿Qué necesito para el trámite?
Tener la documentación ordenada es clave para que el trámite avance rápido. Prepará una carpeta con todo lo que te vamos a detallar a continuación.
De la persona fallecida:
- Partida de defunción: Es el documento fundamental. Verificá que la muerte ya figure cargada en el sistema Mi ANSES.
- Formulario de Información Bancaria (PS 6.76): Solo si ANSES no tiene registrada una CBU para el cobro.
Tuyos (si sos cónyuge o conviviente):
- Tu DNI (original y copia).
- Partida de matrimonio actualizada: Si estaban casados. No debe tener más de un año de emitida.
- Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9).
- Formulario Declaración Jurada sobre percepción de otras prestaciones (PS 6.284).
- Aceptación de descuento de moratoria (PS 6.279): Solo si el fallecido se jubiló por moratoria y quedaban cuotas por pagar.
Cómo solicitar la pensión: guía paso a paso
El trámite se puede iniciar por internet o de forma presencial. La opción disponible depende de si el fallecido era jubilado o trabajador, y del tiempo que pasó.
- Revisá tus datos: Antes que nada, entrá a Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Verificá que tus datos personales y familiares estén correctos.
- Esperá el plazo mínimo: Deben pasar al menos 10 días hábiles desde el fallecimiento para poder iniciar el pedido de pensión.
- Trámite online (si era jubilado): Si la persona era jubilada y falleció hace menos de 6 meses, podés hacerlo por internet.
- Seguí la ruta online: En Mi ANSES, andá a «Solicitud de Prestaciones» y luego a «Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado».
- Trámite presencial (obligatorio en estos casos): Si el fallecido era un trabajador activo o si pasaron más de 6 meses de la muerte del jubilado, tenés que ir a una oficina.
- Pedí un turno: Sacá un turno desde la web de ANSES o la app Mi ANSES. Reuní todos los papeles originales y llevalos el día de la cita.
¿Cuánto se cobra por la Pensión por Fallecimiento?
El monto de la pensión no es igual al 100% de lo que cobraba la persona fallecida. Se calcula aplicando porcentajes definidos por ley.
| Beneficiario/a | Porcentaje que cobra |
|---|---|
| Cónyuge o conviviente (sin hijos con derecho) | 70% del haber del fallecido |
| Cónyuge o conviviente (con hijos con derecho) | 50% del haber del fallecido |
| Cada hijo/a | 20% del haber del fallecido |
Importante: la suma de todas las pensiones para la familia nunca puede superar el 100% de lo que cobraba la persona que murió.
Por ejemplo, en abril de 2026, la jubilación mínima subió a $380.319,31. Con el bono de $70.000, el total llegó a $450.319,31. Las pensiones mínimas también reciben estos bonos.

Subsidio de Contención Familiar: una ayuda para el sepelio
Además de la pensión, existe un pago único para ayudar a cubrir los gastos del funeral. Se conoce como Subsidio de Contención Familiar o auxilio por fallecimiento.
Es compatible con la pensión, así que podés pedir las dos cosas. El monto es una suma fija que en 2026 se estableció en $15.000.
- ¿Quién lo pide? La persona que pagó el servicio fúnebre y tiene la factura a su nombre. También pueden pedirlo herederos o familiares con derecho a pensión.
- ¿Qué necesito? Tu DNI, la partida de defunción y la factura original del servicio de sepelio a tu nombre.
- ¿Hasta cuándo tengo tiempo? Tenés hasta un año desde la fecha del fallecimiento para reclamarlo. ¡No te dejes estar!
Alerta de seguridad: ¡Cuidado con las estafas en nombre de ANSES!
En momentos de vulnerabilidad, aparecen los estafadores. Usan el nombre de ANSES para intentar robarte datos y dinero. Tené mucho cuidado.
Recordá siempre: ANSES NUNCA te va a pedir datos de tu tarjeta de débito, claves bancarias o contraseñas por teléfono, mail o WhatsApp.
Todos los trámites en ANSES son gratuitos y no necesitan gestores ni intermediarios. No pagues a nadie para que te ayude a hacerlos.
- No abras links de correos o mensajes de texto sospechosos.
- No publiques tus datos personales en redes sociales o foros.
- Desconfiá si te apuran para «actualizar datos» o te prometen beneficios extra.
- Si te contactan, cortá la comunicación y llamá vos al número oficial.
Si sufrís un intento de estafa, denuncialo. Podés hacerlo llamando al 130, en la app Mi ANSES o en cualquier oficina del organismo.
Canales de atención y links útiles
Si te quedan dudas o necesitás ayuda, usá siempre los canales oficiales de ANSES. Son seguros y la información es confiable.
- Web oficial: anses.gob.ar es el punto de partida para toda la información y turnos.
- Mi ANSES: La oficina virtual para hacer trámites, consultas y seguimiento de tu expediente desde tu celular o computadora.
- Línea telefónica 130: Es gratuita y atiende de lunes a viernes de 8 a 20 horas para consultas personalizadas.
- Atención Virtual: Es un sistema para hacer trámites online con el asesoramiento de un operador, pero sin moverte de tu casa.
- Oficinas de ANSES: Buscá la más cercana en la web para atención presencial con turno previo.
El primer paso es siempre juntar los papeles y verificar que tus datos en Mi ANSES estén al día. Con esa información, ya podés iniciar el trámite.
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